13/02/2026
El Gobierno nacional formalizó la apelación del fallo judicial que ordenó restituir de manera provisoria la pensión por viudez que percibe la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de la controversia por la suspensión de sus beneficios previsionales de privilegio. La presentación se realizó mediante un recurso extraordinario federal con el objetivo de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revise la decisión adoptada por la Cámara Federal de la Seguridad Social.
El recurso fue impulsado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), dependiente del Ministerio de Capital Humano, cartera que conduce Sandra Pettovello. El Ejecutivo sostiene que la restitución cautelar del beneficio afecta la validez de la decisión administrativa que había dispuesto la baja y plantea que la discusión debe resolverse en instancias superiores.
La controversia se remonta a noviembre de 2024, cuando la ANSES resolvió suspender dos asignaciones previsionales especiales que percibía la exmandataria: la jubilación vitalicia como expresidenta y la pensión por fallecimiento de su esposo, el expresidente Néstor Kirchner. La medida fue adoptada luego de la confirmación de una condena penal en la causa conocida como Vialidad, y el Gobierno argumentó que existían incompatibilidades legales y constitucionales para mantener prestaciones de carácter excepcional frente a una sentencia firme.
Tras esa decisión, la defensa de la exjefa de Estado inició acciones judiciales para cuestionar la legalidad de la baja de los beneficios. El expediente avanzó en el fuero de la seguridad social y, recientemente, la Sala III de la Cámara Federal resolvió admitir el recurso presentado por la exmandataria y dictar una medida cautelar que ordenó la restitución provisoria de la pensión por viudez.
Según el tribunal, el organismo previsional podía suspender preventivamente el pago, pero no eliminar de forma definitiva el beneficio sin una resolución de fondo que analizara el caso en profundidad. En ese sentido, los jueces consideraron que correspondía restablecer el cobro mientras se sustancia el proceso principal, con el objetivo de evitar un eventual perjuicio económico.
La decisión judicial estableció que la restitución tiene carácter estrictamente provisional. Esto implica que la ANSES debe reanudar los pagos hasta que exista una sentencia definitiva sobre la validez o no de la baja. De esta manera, la pensión vuelve a abonarse de forma temporaria, pero el derecho no queda consolidado.
En cambio, la jubilación vitalicia como expresidenta no fue alcanzada por la cautelar y continúa suspendida. La Cámara distinguió entre ambos beneficios y limitó su pronunciamiento únicamente a la pensión por viudez, cuya naturaleza alimentaria fue señalada como uno de los argumentos para otorgar tutela cautelar.
Frente a este escenario, el Gobierno decidió avanzar con el recurso extraordinario federal. A través de esa vía procesal, el Estado busca que la Corte Suprema examine si la decisión de la Cámara se ajusta al marco constitucional y si la restitución provisoria resulta compatible con los fundamentos que motivaron la baja original. En la presentación, la ANSES sostiene que la eliminación de los beneficios se apoyó en criterios de legalidad y en el carácter excepcional de las asignaciones de privilegio.
El trámite ahora dependerá de que la Cámara conceda el recurso y eleve el expediente al máximo tribunal. Si eso ocurre, la Corte podrá decidir si interviene en el caso y revisa el fallo. En caso de que la apelación sea rechazada, el Gobierno aún cuenta con otras instancias para insistir en la revisión.
La disputa se inscribe en un debate más amplio sobre el alcance de las jubilaciones y pensiones especiales que perciben exmandatarios y exfuncionarios, así como sobre las condiciones bajo las cuales pueden ser suspendidas o anuladas. Mientras tanto, la medida cautelar mantiene vigente el pago de la pensión por viudez hasta que la Justicia adopte una resolución definitiva.